viernes, 6 de abril de 2012

ESTADO

Se define al Estado, como la comunidad social jurídicamente organizada.
La Constitución uruguaya, en su artículo 1º, declara que:

“La República Oriental del Uruguay es la asociación política de todos los habitantes comprendidos dentro de su territorio.”

De una manera más descriptiva, se señalan como elementos del Estado:

  • La población — que está conformada por la comunidad social que convive en el Estado
  • El territorio — que constituye la base geográfica del Estado
  • El poder — que constituye el fundamento de la autoridad que invisten los órganos del Estado, que suele denominarse el poder etático

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