lunes, 25 de junio de 2012


Gitanos, una nación sin tierra.

Por Jorge Nedich (escritor argentino)


Un 8 de abril de 1971 tuvo lugar en Londres el primer Congreso Mundial Gitano, con los más importantes líderes de la comunidad. Se pudieron escuchar por primera vez los compases del himno y también contemplar la bandera gitana. El mundo, a pesar de haber reconocido entonces los símbolos patrios gitanos, tardó once años más en otorgarles el rango definitivo de nación.

En la Unesco hubieron de aceptar el reclamo gitano cuando sus representantes sostuvieron que la nacionalidad gitana debía ser internacional, por la sencilla razón de que, al ser un pueblo nómade, jamás poseyó territorio. Por lo tanto, se debía entender que la nacionalidad gitana no tenía, ni tiene, nada que ver con la tierra, sino con una férrea conciencia social de grupo, compartiendo lenguas, religión, hábitos y tradición. En la actualidad, el pueblo gitano está constituido por más de diez millones de personas que viven diseminadas por todo el mundo, con la nacionalidad del país de donde cada una de ellas es originaria y su nacionalidad gitana. En Europa, es la minoría étnica más importante y numerosa, con más de ocho millones de personas.

Este año, como los anteriores, está previsto que se celebren diversos actos culturales, lúdicos e institucionales, entre ellos una recepción en el Parlamento Europeo. La celebración del 8 de abril ha supuesto, en los últimos años, una importante ocasión para el reconocimiento de la historia oral de los gitanos, de su diversidad grupal, de su diversidad lingüística, de sus múltiples sublenguas…

FUENTE: Diario La Nación, Argentina, 8 de abril de 2006.

Algunos datos: no hay exactitud sobre la cantidad de gitanos en el mundo, algunas fuentes suman un total de 40 millones. Existen diversas causas que explican la falta de datos acerca de la cantidad exacta de gitanos. Algunos países carecen de un censo fiable de esta comunidad, también la movilidad territorial hace difícil el conteo. El país con mayor número de gitanos del mundo es Turquía, en donde vivirían 2-5 millones, en España la cifra es de 600.000 gitanos, en Francia entre 200.000 y 300.000 gitanos. En Argentina viven 300.000 gitanos, en Brasil 1.000.000, en Colombia 8.000, en Ecuador 1000 y en Uruguay 400 gitanos forman parte de la población del Estado



Bibliografía:

-Bottero, Escoto, Goncálvez, Ed. Social y Cívica, C. Estudiantil, 2007

El Estado

El Estado está integrado por tres elementos: población, territorio, poder.

 
Población: Es el elemento humano, la integran todas las personas que se encuentran en su territorio, ya se en forma permanente o transitoria, sometidas al poder jurídico del Estado.

Se deben aclarar y diferenciar los conceptos de Nación, pueblo y población.

 

Pueblo, es un conjunto de individuos ligados por un querer vivir colectivo, con una participación en la actividad política del Estado.

Población, es el conjunto de individuos a los cuales se aplica el orden jurídico creado por el Estado, esto significa que están sometidos a las normas.

Nación, es un conjunto de seres humanos unidos por una comunidad de origen, lengua, hábitos, tradición y conciencia colectiva. Estos caracteres comunes se denominan factores nacionalizantes. Es posible que haya una nación sin que exista una voluntad política de constituirse en Estado. La experiencia histórica muestra que una nación puede subsistir perfectamente, sin una base territorial; como ejemplo podemos mencionar a los gitanos y al pueblo judío antes del surgimiento del Estado de Israel. En cambio, un Estado no puede subsistir sin tener una base territorial.



 

El Estado

Elementos del Estado: territorio


Es el elemento material, la base física del Estado. Se integra por el suelo, el subsuelo, aguas y el espacio aéreo.
Kelsen (jurista alemán), se refiere al territorio como un espacio tridimensional, que comprende la superficie, el espacio aéreo y el subsuelo.

Desde el punto de vista natural el territorio es el espacio geográfico en el que se produce y desenvuelve el fenómeno estatal.
Desde el punto de vista jurídico el territorio es el ámbito donde se aplica su poder.

El territorio del Estado posee límites, estos precisan con exactitud el alcance de cada país. Pueden ser:
Naturales o artificiales.
Los límites naturales son accidentes geográficos (ríos, montañas, cuchillas, lagunas).
Los límites artificiales surgen de convenciones entre los Estados: son líneas imaginarias, por ejemplo: mojones, calles, etc. Así se pueden observar en las zonas de fronteras secas de nuestro país. Por ejemplo: en el Chuy, en Rivera.

A partir de la superficie terrestre o tierra firme se encuentra sucesivamente tres espacios marítimos:

1) Aguas interiores; 2) mar territorial y 3) alta mar.

1- Las aguas interiores están constituidas por: puertos, golfos, mares interiores, ríos y arroyos, sobre ellos el Estado ejerce su soberanía.
2- El mar territorial es una franja paralela a la costa que se extiende fuera de su territorio, de sus aguas interiores a una zona adyacente a sus costas, donde el Estado ejerce su soberanía. La extensión del mar territorial está acordada internacionalmente; son 200 millas marinas.
3- En alta mar cesa la soberanía y jurisdicción del Estado y rige la libertad de uso para todos los Estados, por ejemplo: libertad de navegación, de pesca, de volar sobre alta mar.

El subsuelo se extiende teóricamente hasta el centro de la Tierra. Por razones económicas se determinó la necesidad de abarcar el subsuelo como otro componente del territorio estatal. De esta manera, por ejemplo, los yacimientos de minerales, hidrocarburos, no son propiedad de los particulares sino del Estado.

El espacio aéreo; desde la Convención de París de 1919 se reconoció que “todo estado tiene la soberanía completa y exclusiva sobre el espacio atmosférico situado por encima de su territorio”. De este modo, una aeronave que necesita sobrevolar el espacio aéreo de un país X, deberá obtener autorización, de lo contrario, ese Estado tiene derecho a ejercer su autoridad aplicando las disposiciones correspondientes, por ejemplo, aviso previo, intimación, identificación e inclusive la obligación de su aterrizaje.
Existe un espacio ultraterrestres que es de uso de todos los Estados y es de libre exploración.

Bibliografía:
-Botero, Escoto, Goncálvez, Ed. Social y Cívica. Reformulación 2006, C. Estudiantil, 2007.



jueves, 14 de junio de 2012

FORMAS DE INTERACCIÓN SOCIAL








Por interacción social se entiende el lazo o vínculo que existe entre las personas y que son esenciales para el grupo, de tal manera que sin ella la sociedad no funcionaría. Para la Sociología, las relaciones sociales, los modos de interacción no se limitan al ámbito familiar o de parentesco; abarca las relaciones laborales, políticas, en los clubes deportivos, en los centros educativos, etc.



Como trabajamos anteriormente, las normas son medios para regular las conductas sociales y sirven como instrumentos de control social, contribuyendo a este proceso que obliga a las personas a que se adapten a dichas pautas.

Esta adaptación se cumple mediante dos mecanismos:

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Los mecanismos internos son aquellos controles auto-impuestos que forman parte de la identidad y personalidad del individuo. La persona acepta una norma social convirtiéndose en parte de su personalidad, esto significa, que la norma ha sido internalizada.

Los mecanismos externos se basan en la aplicación de sanciones sociales por parte de los miembros de la sociedad o grupo, para corregir ciertos tipos de conducta.



Podemos distinguir diferentes tipos de interacción social:



COOPERACIÓN: considerado como el interés común entre dos o más personas para alcanzar un objetivo compartido. Por ejemplo en la dinámica de una cooperativa, sus integrantes trabajarán desplegando un esfuerzo continuo para obtener resultados comunes.



COMPETENCIA: dos o más personas o grupos disputan un logro u objetivo limitado, que no puede ser compartido, por eso se da una competencia. Por ejemplo: un partido de fútbol.



CONFLICTO: oposición, antagonismo; cuando la competencia se agudiza, cada parte busca aniquilar al adversario, el grado máximo de oposición es la guerra declarada. Por ejemplo: enfrentamientos bélicos.



ACOMODACIÓN: proceso social que intenta solucionar las consecuencias que resultaron de la oposición. Supone un ajuste recíproco de las partes a los acuerdos resultantes. Por ejemplo: los tratados de paz.



ASIMILACIÓN: proceso en el cual un grupo se integra a otro, adoptando sus pautas culturales en reemplazo de las suyas. Por ejemplo un inmigrante que adopta las costumbres de la sociedad en donde reside.



Bibliografía:

Bottero, Escoto y Gonçálvez, Ed. Social y Cívica, Ed. de la Plaza, año 2008

PODER DEL ESTADO



CARACTERES DEL PODER DEL ESTADO

1. ORIGINARIO
El poder del Estado es natural, no deriva de ningún otro poder y se basa en la existencia de un orden jurídico, a través del cual ejerce su autoridad. Es Estado se organiza a sí mismo y él establece límites.
2. GENERAL O TOTAL
Alcanza a todas las personas por igual
3. FORZOSO, INELUDIBLE
Ninguna persona puede escapar del poder del Estado; como asociación política es una modalidad de agrupación a la cual el individuo está integrado. Independientemente de la voluntad de las personas, el Estado ejerce sobre ellas su poder, de este modo quedan sometidas a su mando, y su cumplimiento, a diferencia de otras organizaciones a las que voluntariamente pertenecemos, por ejemplo, a un club deportivo, un partido político, etc.
4. COACTIVO Y OBLIGATORIO
Es la capacidad de imponer sus mandatos por la fuerza
5. SOBERANO
Es el carácter de superioridad, es un rasgo distintivo del poder y del Estado. Es una cualidad del poder, ya que no admite otro por encima de él. Según Maurice Duverger, “en su sentido más simple se llama soberanía al supremo poder de mando, aquel que pertenece a la más alta autoridad”.
Debemos diferenciar soberanía interna de la externa
La soberanía interna implica que el Estado, en su relación con los individuos o grupos, tiene un poder supremo, puesto que predomina su voluntad. Significa que toda otra organización está subordinada al poder del Estado, existe porque el Estado la admite.
La soberanía externa es la que se manifiesta en las relaciones entre los Estados, e implica la exclusión en toda subordinación de un Estado respecto de los otros Estados, en el orden internacional. En este caso la soberanía es sinónimo de independencia y de autodeterminación.

 




VALORES

jueves, 7 de junio de 2012


Actividades de evaluación



A) Define, a partir de los conceptos trabajados, con tus palabras el concepto de cultura

B) ¿A qué elementos de la cultura corresponden las siguientes imágenes?
Fundamenta tu respuesta

jueves, 24 de mayo de 2012

Actividades de evaluación



A) Define, a partir de los conceptos trabajados, con tus palabras el concepto de cultura

B) ¿A qué elementos de la cultura corresponden las siguientes imágenes?
Fundamenta tu respuesta.


(Hace clic en la imagen para ampliarla)



A) ¿A qué normas de convivencia social se vinculan las situaciones presentadas a continuación?

- Asistir a clase
- Devolver $ 100 que fueron encontrados en la vía pública
- Dar un regalo de cumpleaños

- Convidar a una persona con un mate
- Ayudar a buscar un cuaderno perdido por un compañero

- No fumar en espacios públicos cerrados
- Pagar la factura de consumo de luz eléctrica
- No escuchar una conversación íntima
- No utilizar el celular en clase
- Chatear con amigos



B) Elija tres de las situaciones planteadas y fundamente la elección a partir del concepto
de normas de convivencia.

ORDEN JURÍDICO / INTERACCIÓN SOCIAL (tercer año)



Orden jurídico


El conjunto de las normas jurídicas ordenas según su jerarquía componen lo que se llama orden jurídico. Las normas que componen este orden están diferenciadas según su jerarquía, es decir que las mismas están ordenadas según su valor jerárquico; y este está determinado por su fuerza y su valor.
La fuerza de una norma consiste en la posibilidad que tenga para derogar o modificar lo establecido por otra norma. Por ejemplo, la Constitución es la norma jurídica de mayor fuerza porque si cualquier norma la contradice, ella puede dejarla sin efecto.
Por ejemplo, si una ley contradice a la Constitución, es necesario que el Poder Judicial a través de su órgano máximo: La Suprema Corte de Justicia, la declare inconstitucional, aunque esta declaración se aplique solo a quienes la solicitaron.
Una norma no debería contradecir a otras de superior jerarquía, éstas establecen los límites para los contenidos de las normas de menor nivel jerárquico. Por ejemplo, la Constitución prohíbe la pena de muerte y una norma de menor jerarquía no podría disponer lo contrario.
Ahora bien, ¿qué sucede en la práctica cuando las normas se contradicen? Recurrimos a algunas reglas que se conocen como principios del orden jurídico. Estos nos van a orientar estableciendo, cuál de las normas que se contradicen debemos aplicar. Son los principios de jerarquía, derogación y competencia.

Principio de jerarquía: Este principio consiste en que si dos normas de diferente jerarquía se contradicen, debe dejarse de aplicar la de menor jerarquía. Dependiendo de qué norma sea, será que existan o no procedimientos especiales para dejarla de aplicar. Por ejemplo en el caso de los actos legislativos deben ser declarados inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia.

Principio de derogación: Derogar consiste dejar sin efecto una norma jurídica porque ya no tendrá valor hacia el futuro. Se aplica cuando la contradicción es entre dos normas de igual jerarquía y dictadas por el mismo órgano pero en diferentes momentos, entonces la norma posterior deroga a la anterior.

Principio de competencia: la competencia es la aptitud que tienen los órganos del Estado para dictar normas jurídicas dentro de cierto ámbito territorial, en relación a determinadas materias o asuntos, y sobre determinada población. Por ejemplo, un Gobierno Departamental tiene competencia para dictar normas jurídicas sobre el tránsito urbano aplicables dentro del departamento y a las personas que en él se encuentren. Este principio se aplica cuando se contradicen dos normas de igual jerarquía pero dictadas por órganos con diferente competencia.

El orden jurídico uruguayo
CONSTITUCIÓN
La Constitución es la norma jurídica interna de mayor jerarquía. Para Biscaretti, Di Ruffia la Constitución es el conjunto de normas fundamentales de una comunidad determinada como un Estado, que regula la organización y funcionamiento del gobierno y establece los derechos de los individuos.
Es un conjunto de valores superiores de una comunidad, tales como la democracia, la libertad, igualdad, responsabilidad, protección, la convivencia pacífica, la dignidad.
La Constitución regula dos grandes temáticas en función de la cual podemos decir que tiene dos grandes partes: orgánica y dogmática. Su parte orgánica es la que regula la organización del Estado y del gobierno, establece por ejemplo cuáles son sus órganos, la integración, qué cometidos tienen y cómo se relacionan entre sí. La parte dogmática enumera los derechos y deberes reconocidos a los habitantes de un Estado, se refiere a los derechos humanos.
La Constitución vigente fue aprobada en 1967 y fue modificada en forma parcial en 1989, 1994, 1996, 2004. Tiene 332 artículos organizados en diecinueve secciones, cada una de ellas se identifica con un número romano y con un título que indica el tema del cual tratará. Las secciones I, II y III constituyen la parte dogmática y las restantes su parte orgánica.

ACTOS LEGISLATIVOS
Son las normas jurídicas ubicadas en el segundo escalón de jerarquía y se llaman de esta forma porque fueron dictadas por un órgano cuyo principal función es legislar (hacer normas).
Los órganos que tienen por principal función legislar son: a nivel nacional, el Parlamento (Diputados y Senadores) y, a nivel departamental, la Junta Departamental (Ediles).
Los actos legislativos son: las leyes, los códigos, los decretos de las Juntas Departamentales.

Una ley es aquella norma jurídica elaborada por el Poder Legislativo (Diputados y Senadores) y por el Poder Ejecutivo (Presidente de la República y Ministros), de acuerdo a un proceso de elaboración que analizaremos en la siguiente unidad.

Los Códigos, son una clase especial de leyes porque agrupan en una sola norma jurídica las disposiciones relacionadas con una temática del Derecho, como por ejemplo los Códigos Penal, Civil, Comercial, de la Niñez y la Adolescencia.
Son leyes que organizan un conjunto de disposiciones que se refieren al mismo tema.

Los decretos-leyes son normas que han sido dictadas por los gobiernos no democráticos y de acuerdo al orden jurídico creado por ellos, pero al margen de la Constitución.

Los decretos de las Juntas Departamentales son normas jurídicas que se aprueban y rigen sólo en cada departamento. Son elaboradas por la Junta Departamental (integrada por los Ediles) y el Intendente. Tratan temas propios de cada departamento, como por ejemplo, el cuidado de parques y plazas, la recolección de residuos y el tránsito urbano.

ACTOS ADMINISTRATIVOS

Los reglamentos son normas de carácter general, dictadas por los organismos del Estado, realizando la función administrativa, organizando y cumpliendo los diversos servicios. Pueden recibir distintas denominaciones según el órgano estatal que los dicte: decreto del Poder Ejecutivo, por ejemplo: el Poder Ejecutivo dicta un decreto que permite la importación de petróleo.

ACTOS INDIVIDUALIZADOS

Dentro de este escalón del orden jurídico se encuentran las resoluciones, sentencias, los testamentos y los contratos.

Las resoluciones son actos administrativos de carácter particular, es decir que se dictan para determinadas personas. Por ejemplo, la resolución que concede a un estudiante la reválida de una materia.

Las sentencias son normas jurídicas que surgen de un órgano jurisdiccional (tiene derecho a juzgar) y tiene efectos sólo para el caso concreto.

Los testamentos son actos individualizados de carácter privado, porque no es creado por el Estado. Es unilateral porque allí sólo se manifiesta la voluntad de un individuo. El artículo 779 del Código Civil lo define como un acto revocable por el cual una persona dispone total o parcialmente de sus bienes para después de su muerte.

Un contrato es una norma jurídica que surge del acuerdo de voluntades entre dos o más sujetos para crear, modificar o extinguir una obligación. Por ejemplo: la compra-venta.

FORMAS DE INTERACCIÓN SOCIAL

Como trabajamos anteriormente, las normas son medios para encauzar las conductas sociales y sirven como instrumentos de control social, contribuyendo a este proceso que obliga a las personas a que se adapten a dichas pautas.
Esta adaptación se cumple mediante dos mecanismos:
- Internos
- Externos

Los mecanismos internos son aquellos controles auto-impuestos que forman parte de la identidad y personalidad del individuo. La persona acepta una norma social convirtiéndose en parte de su personalidad, esto significa, que la norma ha sido internalizada.
Los mecanismos externos se basan en la aplicación de sanciones sociales por parte de los miembros de la sociedad o grupo, para corregir ciertos tipos de conducta.

Podemos distinguir diferentes tipos de interacción social:

COOPERACIÓN: considerado como el interés común entre dos o más personas para alcanzar un objetivo compartido. Por ejemplo en la dinámica de una cooperativa, sus integrantes trabajarán desplegando un esfuerzo continuo para obtener resultados comunes,
COMPETENCIA: dos o más personas o grupos disputan un logro u objetivo limitado, que no puede ser compartido, por eso se da una competencia. Por ejemplo: un partido de fútbol.

CONFLICTO: oposición, antagonismo; cuando la competencia se agudiza, cada parte busca aniquilar al adversario, el grado máximo de oposición es la guerra declarada. Por ejemplo: enfrentamientos bélicos.

ACOMODACIÓN: proceso social que intenta solucionar las consecuencias que resultaron de la oposición. Supone un ajuste recíproco de las partes a los acuerdos resultantes. Por ejemplo: los tratados de paz.

ASIMILACIÓN: proceso en el cual un grupo se integra a otro, adoptando sus pautas culturales en reemplazo de las suyas. Por ejemplo un inmigrante que adopta las costumbres de la sociedad en donde reside.



Bibliografía:
-Jiménez de Aréchaga, E. Introducción al Derecho, Fondo de Cultura Universitaria, 2001
-Sosa, Ademar, Introducción al conocimiento

viernes, 6 de abril de 2012

Contenido y finalidad de esta materia.

El objetivo de la educación social y cívica es incorporar en la formación cultural de los jóvenes un conjunto de conocimientos que les permitan tener una idea general aunque completa, del ambiente social e institucional en que habrá de desarrollarse su vida adulta.
Al igual que ocurrirá con otras materias cuyo contenido está conformado por conocimientos que no se refieren a los fenómenos naturales de índole física o material — aunque se trata igualmente de cuestiones que existen en la naturaleza en cuanto se refieren a los seres humanos y su vida como tales — el contacto con los temas propios de la educación social y cívica puede traer aparejado al joven que viene cursando sus estudios secundarios, algún tipo de dificultades iniciales de adaptación.

En el proceso de desarrollo de cada persona humana, y de conformación de su personalidad propia, el desenvolvimiento físico a partir de los primeros años de la niñez, va acompañado permanentemente del aprendizaje de todas las circunstancias en medio de las cuales se desenvuelve. Concomitantemente con su desarrollo mental e intelectual, la educación formal trata de estimular ese desarrollo al mismo tiempo que va proveyéndolo con habilidades instrumentales (hablar, leer, escribir, hacer operaciones aritméticas) y gradual pero crecientemente con el ejercicio y el perfeccionamiento de sus capacidades de raciocinio y de interpretación lógica de la realidad que le rodea.
El conocimiento de los elementos de las ciencias de la naturaleza, constituye sin duda un primer escalón de percepción y comprensión de la realidad; a partir del conocimiento del propio cuerpo, de cómo funcionan sus actividades tales como la alimentación y los mecanismos respiratorio, circulatorio, nervioso, etc. La ubicación espacial permite situarse en el medio físico, percibir adecuadamente los lugares en que se vive y se desplaza, comprender la índole de los elementos que lo rodean (tales como el aire, el agua, la tierra) y de los materiales con los que el hombre construye numerosas cosas de las que se sirve (sus utensilios, sus ropas, sus casas, todos los objetos que utiliza). Del mismo modo ocurre con otros elementos materiales con los que los seres humanos tratan, conviven o se sirven de ellos, como los animales, los vegetales, o los minerales.
Pero por imposición de la Naturaleza, todo ser humano está necesariamente inserto en un ambiente social. Es decir, convive con otros seres humanos con los cuales tiene diversos tipos de relaciones; como resultado de cuyas relaciones recibe influencias que incorpora permanentemente en su personalidad, a la vez que encuentra condicionamientos en su conducta por diversas limitaciones y aún imposiciones. El conocimiento ordenado y sistemático, inicial, de los elementos que componen esos factores de convivencia del individuo humano en el medio social en que necesariamente actúa es el objeto de esta materia.
El proceso educativo está dirigido a proveer a las personas humanas de los conocimientos y fundamentalmente de guías de conducta que les permitirán a lo largo de su vida, desempeñarse no solamente de la mejor manera para sí mismos en todos los aspectos; sino además, para integrarse en las distintas sociedades y ambientes en que habrán de vivir. Y también, para relacionarse en condiciones adecuadas con las otras personas con que habrán de tratar, desde sus familiares más cercanos hasta aquellos con quienes traten ocasionalmente; pasando por las personas con que habrán de tener tratos relativamente frecuentes en sus lugares de residencia, de estudio, de trabajo o de esparcimiento.
Las disciplinas que se refieren directamente a las realidades sociales de los seres humanos — que por eso se denominan genéricamente “humanidades” — no tratan con objetos materiales, sino que se componen fundamentalmente de conceptos. Es decir, contienen conocimientos que por su propia naturaleza deben captarse con la mente, por un proceso intelectivo, integrarse en uno mismo a través de su comprensión y de la reflexión intelectual que los analice; en todo caso, cotejándolos con lo que sugieren los conocimientos históricos y con las limitadas experiencias directamente conocidas de la realidad social y política, ya alcanzadas y comprendidas en la edad de la adolescencia.
El estudio de la Historia tiene un sentido más profundo que el simple conocimiento de los hechos del pasado; al permitir beneficiarse con la comprensión de muchos factores determinantes de la vida de las sociedades y los países sin necesidad de tener que vivirlos directamente. Del mismo modo, el conocimiento de los componentes, las estructuras y el funcionamiento de las relaciones de los individuos con la sociedad que integran — y también el conocimiento de las estructuras institucionales que ha adoptado el país en que viven — permite a quienes por su edad han alcanzado ya la madurez intelectual suficiente, adquirir un sentido de su propia posición en el mundo que les rodea. Al mismo tiempo, les permite adquirir una mejor comprensión de la posición de las personas con que están relacionadas; lo que es algo así como conocer el terreno y el paisaje social en que deberán vivir en adelante.
En la etapa de los estudios secundarios, el joven alumno reúne las condiciones que lo habilitan para que tome su primer contacto con los conocimientos referentes a la estructuración y funcionamiento de la vida social, tanto en su aspecto estrictamente privado como en sus manifestaciones cívicas e institucionales.
Muchos de esos componentes serían susceptibles de un estudio y un análisis mucho más profundo, como objeto de diversas disciplinas especializadas, tales como la sociología, el Derecho en sus diversas ramas, la economía, la política en sus diversos enfoques. En esta oportunidad, se trata solamente de establecer un gran cuadro de la vida social y cívica en que el estudiante está inmerso desde ya; y en la cual, cualquiera sea su destino, necesariamente habrá de estarlo el resto de su vida. Por eso, se integra con un fondo mínimo de conocimientos que de todas maneras — al igual que el idioma, la escritura, la aritmética, la geografía, la historia, la biología y la fisiología, la física, la química y otras materias — es necesario y aún indispensable que toda persona adquiera, no importa a qué se dedique durante su madurez, en qué llegue a especializarse, o en qué lugar llegue a vivir.






 CONVIVENCIA

La convivencia en sociedad, por lo tanto, siendo un componente ineludible de la vida de toda persona humana, importa la necesidad de someterse a ciertas reglas de conducta; aunque sea dentro de límites relativamente elásticos. Por otra parte, toda sociedad tiene como normas primarias aquellas que establecen su organización; es decir, ciertas estructuras que tienden a mantenerse estables a lo largo de un extenso período de tiempo, y que asignan ciertas funciones y establecen ciertas formas de autoridad a las que se asigna una legitimidad consensuada y acatada.
En último análisis, las estructuras de la organización social, son hechos de la Naturaleza. Sin que sea nuestra función asumir o exponer concepciones religiosas o filosóficas, no puede menos que reconocerse que el fenómeno de la organización de la sociedad — tal como ha ocurrido a lo largo de los tiempos y nos permite conocerlo la Historia — aunque exhiba diversidad de formas y estructuraciones, es un hecho espontáneo de la realidad humana.
Perceptible como lo es la realidad ineludible de la existencia de la sociedad humana como un elemento intrínseco de la realidad, también la realidad de su estructuración mediante el establecimiento de elementos tales como la existencia de una autoridad y de un condicionamiento recíproco del albedrío individual, resulta como una consecuencia natural de aquella.
La capacidad de raciocinio de que estamos dotados, determina que no sea dificultoso comprender inmediatamente, que no podría existir una convivencia humana en sociedad razonablemente normal, si no existieran limitantes a las conductas absolutamente libres de sus individuos. En ese sentido, la libertad, socialmente considerada, es aquel ámbito en el cual, gracias a la existencia del orden social, cada individuo puede ejercer su albedrío sin verse afectado por el de los otros, ni tampoco afectarlo.
En consecuencia, a pesar de que todo lo relativo a las relaciones del hombre en la sociedad y en la estructura cívica del Estado, parece admitir un gran margen de variabilidad — y de hecho así ha ocurrido a lo largo de la Historia — ha de tenerse muy clara conciencia de que la integración a la sociedad, el acatamiento espontáneo y voluntario de sus reglas esenciales, y la consiguiente limitación del arbitrio individual a ellas, no es una imposición artificial. La libertad, tanto como las limitantes sociales que la determinan, son una manifestación de la realidad de la Naturaleza misma del hombre como un ser necesariamente social.
Enfocado el ser humano en cuanto ser individual, sus componentes esenciales son:
  • Su raciocinio — como determinante de su potencial intelectual;
  • Su espíritu — como determinante religioso o filosófico;
  • Su afectividad — como determinante de sus sentimientos.
Enfocado como un ser social, los determinantes esenciales de su personalidad son:
    Su libertad — como determinante de su capacidad de pensar, creer, discernir y elegir según su albedrío;
  • Su responsabilidad — que como contrapartida de su libertad, es susceptible de una valoración puramente subjetiva en el plano de los valores morales o éticos — y de una valoración objetiva, en el plano jurídico, en que el ser humano es valorado en cuanto sujeto de Derecho, y por tanto titular de derechos y de obligaciones frente a los otros seres humanos, y respecto del Estado.




Líneas azules



ESTADO

Se define al Estado, como la comunidad social jurídicamente organizada.
La Constitución uruguaya, en su artículo 1º, declara que:

“La República Oriental del Uruguay es la asociación política de todos los habitantes comprendidos dentro de su territorio.”

De una manera más descriptiva, se señalan como elementos del Estado:

  • La población — que está conformada por la comunidad social que convive en el Estado
  • El territorio — que constituye la base geográfica del Estado
  • El poder — que constituye el fundamento de la autoridad que invisten los órganos del Estado, que suele denominarse el poder etático
PROGRAMA
EDUCACIÓN SOCIAL Y CÍVICA
Unidad I
La convivencia social
- Las necesidades humanas como fundamento de la vida social (biológicas, sociales,  económicas y culturales).
2- Concepto de interacción y control social.
- Normas de convivencia: morales, religiosas, usos sociales, jurídicas; semejanzas y diferencias.
- Obligatoriedad y jerarquización de las normas jurídicas.
- Formas de interacción social con énfasis en el conflicto ( la violencia y sus consecuencias).
- Posibles soluciones a los conflictos:
a) mecanismos alternativos a la justicia ordinaria:
- mediación
- negociación
- conciliación
- arbitraje.
b) la justicia ordinaria (conceptos básicos de administración de justicia frente al agotamiento de los mecanismos alternativos).

Unidad II
Organización política nacional
- El Estado como organización social y política hoy.
a) Elementos constitutivos.
b) Finalidades del Estado como organización.
- Concepto de gobierno
- Principios básicos del sistema democrático:
3a) Soberanía popular: ejercicio directo (iniciativa popular, referéndum, plebiscito)
b) Separación de poderes
c) Elecciones libres y periódicas.
d) Pluralismo
e) Multipartidismo
f) Principio de la mayoría
g) Respeto a los derechos humanos
Organigrama del gobierno nacional
Integración y funcionamiento de los tres poderes a nivel nacional y departamental.
Unidad III
Participación ciudadana
Concepto y formas de participación: -gremial (estudiantil)
     -sindical
  -política.
Grupos de participación organizada:  -asociaciones gremiales y sindicales.
      -asociaciones estudiantiles (formas de organización estudiantil, información y  participación; el sufragio como mecánica en la toma de decisiones colectivas).
4-otras formas de asociación.
-partidos políticos: -organización
-integración y requisitos.
Ciudadanía: Concepto y diferentes clases.
Suspensión y pérdida
Derechos y obligaciones.
Sugeridas entre 20  y 22 horas de clase.
Unidad IV
Los Derechos Humanos
Sujeto de derecho: sujeto activo y pasivo, límites en situaciones ordinarias (establecidas por la ley por razones de interés general, razonabilidad, el derecho de los demás en una sociedad democrática) y de emergencia (conflictos bélicos, situaciones previstas en pactos internacionales, conmoción interna). Garantías al ejercicio efectivo.
Breve análisis de los derechos consagrados constitucionalmente:
a) Vida
b) Honor
c) Libertad
d) Seguridad
e) Trabajo.
Trabajo digno (en cantidad y calidad suficientes, apropiadas, respeto a los derechos laborales, ingresos adecuados, protección social, libertad sindical y diálogo social)
5f) Propiedad
g) Igualdad
El adolescente como sujeto de derecho:
-identidad
-imagen
- familia
-salud
-educación
-recreación
-trabajo digno (condiciones, edad, horario)
Responsabilidades correlativas a los derechos.
Derecho al medio ambiente sano, al desarrollo, a la paz y a la seguridad.
Derecho a la soberanía permanente sobre los recursos naturales.

PRUEBA   DIAGNÓSTICA

Educación Social y Cívica

Nombre del alumno(a) ------------------------- Nº---





1-.¿ Es necesario respetar las normas de convivencia? ¿ SI-------------NO----Por qué?

2-.Explique la afirmación: “EL HOMBRE ES UN SER SOCIAL”.

3-.¿A qué nos referimos cuando hablamos sobre Sociedad  armónica?.

4-.Nombra tres características de la la sociedad en que vives.

5- En tu opinión ¿Cuáles son las normas indispensables para la buena convivencia en clase?.

6-¿Cuáles son los posibles conflictos que pueden surgir en la vida cotidiana de las personas?.

jueves, 5 de abril de 2012

Violencia Doméstica

 

Concepto de violencia

La violencia es un fenómeno social, económico y/o cultural que cada vez se arraiga más en la vida humana. Todos hemos vivido indirecta o directamente situaciones de violencia, con más o menos impacto. Ella se generaliza, alcanzando a todos los sectores sociales. Muchos pueden ser los grupos o seres que se convierten en víctimas de violencia, siendo los más frecuentes, los niños, las mujeres, los adultos mayores, las personas con capacidades diferentes.
Puede ser considerada como un fenómeno social, históricamente producido por una combinación de factores negativos, que se establecen entre el individuo y la sociedad. A lo largo de la historia, la humanidad ha demostrado ser violenta por los combates, conquistas, exterminios, que ha llevado a cabo.
Actualmente, varios son los factores que se agregan para generarla, por ejemplo: la complejidad social, la urbanización, la pobreza, la falta de empleo, las frustraciones, etc.
Estamos ante una situación violenta cuando una o varias personas someten a otra y otras, convirtiéndola/las en víctimas de un maltrato que puede ser físico, psicológico o moral.

Algunas definiciones de violencia...

La Organización Mundial de la Salud define a la violencia como "El uso de la fuerza o el poder físico de hecho o como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo, o una comunidad, que cause o tenga posibilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones"

Según el Instituto Nacional de la Mujer del MEC: "...la violencia es una conducta aprendida a partir de modelos familiares y sociales que utilizando la fuerza, recurre a ella para resolver conflictos interpersonales. Así se aprende a utilizar la violencia en la familia, en la escuela, en el deporte, én los medios de comunicación..."

Existen varias manifestaciones de violencia:

Violencia física: acción, omisión o patrón de conducta que dañe la intregridad corporal de una persona.

Violencia psicológica o emocional: toda acción u omisión dirigida a perturbar, degradar o controlar la conducta, el comportamiento, las creencias o las decisiones de una persona mediante la humillación, intimidación, aislamiento o cualquier otro medio que afecte la estabilidad psicológica o emocional.

Violencia sexual: toda acción que imponga o induzca comportamientos sexuales a una persona mediante el uso de la fuerza, intimidación, manipulación, coerción, amenaza o cualquier otro medio que anule o limite la libertad sexual.

Violencia patrimonial: toda acción u omisión que con legitimidad manifiesta implique daño, pérdida, transformación, sustracción, destrucción, ocultamiento o retención de Ley, bienes, instrumentos de trabajo, documentos o recursos económicos destinada a coaccionar la autodeterminación de otra persona.

La violencia en su desarrollo, describe un ciclo que muchas veces es difícil de cortar, sobre todo en las víctimas y victimarios.
A través de una investigación del fenómenos se ha podido concluir que el ciclo de la violencia estaría compuesto de determinadas fases encadenadas. Cadena que solamente se corta si las partes o una de las partes pide ayuda a un tercero, se da cuenta del fenómeno y se auxilia. Las fases se pueden delimitar como una cadena, de la siguiente forma:

1. Agresión
2. Arrepentimiento
3. Reconciliación
4. Negociación
5. Acumulación de tensión
6. Nueva agresión

El desafío del conjunto social y de cada uno de nosotros sería el de "desaprender" la violencia. Desaprender se entiende como modificar (hasta lograr la eliminación) las ideas o pensamientos que nos llevan a cometer actos de violencia.

ACTIVIDAD:
Escucha la siguiente canción y responde las preguntas, a partir de lo trabajado en clase.

ACTIVIDAD
1. ¿Qué denuncia la canción del cantautor uruguayo Pablo Estramín?
2. ¿Qué opinas al respecto?
3. ¿Qué tipos de violencia se pueden identificar en la canción?
4. ¿Por qué el autor afirma "porque cuando los vemos y nos callamos somos nosotros que los condenamos"?




Bibliografía: Bottero, Escoto y Goncálvez, Educación Social y Cívica, Colección